Notícias – Actualidade
3218 — CAPITULO IX. EXCEDENCIAS Y REDUCCION DE LA JORNADA POR MOTIVOS FAMILIARES.
Artículo 31.- Excedencias especiales. Los trabajadores que tengan una antigüedad mínima de un año en la empresa, tendrán derecho a disfrutar de una excedencia especial sin sueldo por un máximo de un mes y por una sola vez al año. Alternativamente, dicha excedencia...
3217 — CAPITULO VIII. VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS.
Artículo 28.- Vacaciones. Las vacaciones serán de treinta y dos días naturales. Se podrán dividir en periodos de 7 días continuados, debiéndose disfrutar en periodo estival, preferentemente, al menos 14 días continuados, respetando las necesidades del servicio. Podrán...
3216 — CAPITULO VII. TIEMPO DE TRABAJO.
Artículo 23.- Jornada. A partir del día 1 de enero de 2005 la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo en cómputo anual será de mil setecientas sesenta y cuatro horas, y de 39 horas semanales de trabajo efectivo. Aquellas empresas que vinieran realizando una...
3215 — CAPITULO VI. MOVILIDAD
Artículo 22.- Movilidad funcional La movilidad funcional en el seno de la empresa se realizará, conforme a lo previsto en el presente Convenio, respetando, en todo caso, el régimen jurídico, garantías y requisitos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores. La...
3214 — CAPITULO V.- CONTRATACION.
Artículo 12.- Principios generales. Las representaciones sindicales y empresariales, firmantes del presente Convenio, entienden la necesidad de continuar profundizando en la regulación de la contratación dentro del sector, adecuando las mismas a la realidad de la...
